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14 Noviembre 2016

¿Cómo recuperar la tenencia de tu propiedad

cuando está siendo ocupado por un tercero sin contrato de arrendamiento?

Frecuentemente ocurre que ciertas propiedades son ocupadas por personas sin existir título alguno que se los permita (no hay contrato de arrendamiento ni otro de algún tipo), se les solicita por el dueño de la propiedad que abandonen la misma y no lo hacen ¿Qué se debe hacer? La respuesta es iniciar un juicio de precario.

Para iniciar un juicio de precario deben cumplirse los siguientes requisitos:

1.- Que el actor (demandante) sea dueño de la cosa cuya restitución se reclama.
2.- Que el demandado sea un tenedor sin contrato de la cosa que se demanda.
3.- Que la tenencia se deba a la ignorancia o mera tolerancia del dueño.

Por lo tanto, el objeto de la acción de Precario establecida en el inciso segundo del artículo 2195 Código Civil persigue poner término a una situación de hecho, cual es la ocupación de una cosa ajena, sin título alguno y que se tiene por ignorancia o mera tolerancia de su dueño.

Así, una sentencia judicial reconocerá el derecho de la cosa respecto a la cosa que se litiga, y así se ordena la restitución al tenedor.

El juicio de precario, tiene por objeto que una sentencia judicial reconozca el derecho del dueño de la cosa sobre la cual se litiga, y ordene su restitución al actual tenedor de ella. Ejemplo: Sobre inmueble, vehículo.

Si usted se encuentra en esta situación o una similar no dude en comunicarse con nuestro Estudio jurídico Stop Legal en los siguientes teléfonos y agende su cita:
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